HASTA 30 DÍAS DE ARRESTO POR INSULTAR O AGREDIR A DOCENTES, MÉDICOS Y EMPLEADOS PÚBLICOS EN BUENOS AIRES
La provincia de Buenos Aires endureció las sanciones contra quienes insulten, hostiguen, maltraten o agredan a trabajadores mientras cumplen sus funciones. La medida quedó establecida mediante la Ley 15.647, que modifica el Código de Faltas bonaerense.
La normativa contempla arrestos de 5 a 30 días o multas económicas para quienes incurran en estas conductas dentro de escuelas públicas o privadas, centros de salud, dependencias de atención al público o en sus inmediaciones.
La medida no se limita a las agresiones físicas: también incluye insultos, hostigamiento, provocaciones que generen escándalos, arrojar objetos contra trabajadores y conductas que perturben el desarrollo normal de sus tareas.
Además, las sanciones se duplicarán cuando los hechos ocurran frente a alumnos, pacientes o menores de edad. Las multas podrán equivaler a entre el 50% y el 100% del haber mensual de un oficial del Agrupamiento Comando de la Policía bonaerense.
La reforma amplía la protección que anteriormente estaba centrada en el personal educativo e incorpora expresamente a trabajadores de la salud y de servicios públicos esenciales.
¿ESTÁS DE ACUERDO CON QUE SE APLIQUEN ESTAS SANCIONES A QUIENES INSULTEN O AGREDAN A LOS TRABAJADORES?

